En España contamos con el Sistema de Reparto, uno de los sistemas más generosos de Seguridad Social, que consiste en que las cotizaciones actuales de las personas que trabajan pagan las pensiones públicas por jubilación del nivel contributivo de los ya jubilados. Todo esto se basa en un principio básico que se denomina “solidaridad intergeneracional”, que quiere decir que siempre habrá generaciones jóvenes que van a costear a sus mayores.
La misma Constitución protege la pensión pública como un derecho principal del ciudadano y, en su artículo 41, declara: “Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres”
¿Cuándo me puedo Jubilar?
En España y de manera ordinaria el momento de la jubilación se produce en 2022 a los 66 años y 2 meses (65 años para quienes hayan cotizado al menos 37 años y 6 meses), el trabajador accede a una pensión mensual de carácter vitalicio cuya cuantía depende de las bases por las que haya cotizado los últimos años de vida laboral (últimos 25 años en 2022 y años sucesivos), así como del número de años que haya cotizado y del tipo de jubilación al que acceda (ordinaria, anticipada o diferida).
Pero siempre y cuando cumpla los requisitos de acceso a esta pensión:
- Acreditar al menos quince años de cotizaciones.
- Acreditar un mínimo de dos años de cotizaciones en el intervalo de quince años inmediatamente anteriores al acceso a la jubilación.
Es importante señalar que la edad ordinaria de jubilación va a cambiar en los próximos años a raíz de una reforma legislativa, por lo que esos 66 años y 2 meses se irán incrementando poco a poco, hasta alcanzar los 67 años en 2027. Podrán seguir jubilándose sin penalización a los 65 años quienes acrediten al menos 38 años y 6 meses de cotizaciones.
¿Cómo se calcula la Pensión de Jubilación?
Para calcular la pensión pública, lo primero que debemos hacer es sumar todas nuestras bases de cotización de los años previos a nuestra Jubilación. Obtener la base reguladora, a la que deberemos aplicar unos porcentajes que varían según nuestra edad, el tiempo que adelantemos o prolonguemos la edad de jubilación ordinaria y, por supuesto, nuestros años de cotización.
La edad de jubilación se ha ido incrementando un mes por cada año hasta 2020 y, a partir de ahí, crecerá dos meses por año hasta 2027, en el que se habrán alcanzado los 67 años como edad legal de jubilación. Como ya hemos indicado, se seguirán pudiendo jubilar aquellos que con 65 años acrediten, al menos, 38 años y 6 meses de años cotizados.
El sistema actual aumenta el tiempo de cotización para la jubilación necesario para recibir el 100 % de la prestación desde los 35 a los 38 años y seis meses en el año 2027. Actualmente, se requieren al menos 37 años y 6 meses cotizados para alcanzar dicho porcentaje.
¿Cuántos años necesito para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación?
Si un trabajador quiere jubilarse en el año 2022, la base reguladora se calculará en función de los últimos 25 años cotizados. Este periodo de años, multiplicado por los 12 meses de cada año, da como resultado 300. Cada año va incrementándose este baremo en 12 meses. Para seguir con el cálculo, hay que dividir la base reguladora por el divisor, que es el resultado de multiplicar el número de años cotizados por el número total de pagas (14). En este caso, en la actualidad son 25 años por 14 que da como resultado 350. Cada año se va incrementando en 14.
De esta forma, para el año 2022 y en adelante, la base reguladora será el resultado de dividir por 350 las bases de cotización del trabajador durante los 300 meses anteriores al del mes de jubilación.
Año | Meses computables | Divisor | Años computables |
---|---|---|---|
2019 | 264 | 308 | 22 |
2020 | 276 | 322 | 23 |
2021 | 288 | 336 | 24 |
2022 | 300 | 350 | 25 |
¿Cómo se calcula?
El cálculo de la primera pensión de jubilación que cobraremos lo podemos dividir en los siguientes pasos:
- El primer paso será recopilar las bases de cotización a la seguridad social de los últimos años previos a la jubilación. Como ya hemos explicado, en este 2022, en el cálculo se tienen en cuenta los 25 años previos a la jubilación.
- Una vez que tengamos las bases de cotización, procederemos a sumarlas y dividirlas entre 350. De forma que obtendremos lo que se conoce como base reguladora. No debemos confundirla con la pensión de jubilación. Para ello deberemos hacer una serie de ajustes sobre la base reguladora.
- A la base reguladora hay que hacer un ajuste en función del número de años cotizados a lo largo de nuestra vida laboral. 15 años cotizados dan derecho al 50% de la base reguladora. Y para acceder al 100 % es necesario contar con 37 años y seis meses.
¿Sistema Sostenible?
Para que un sistema sea sostenible debe existir un equilibrio entre el número de personas activas que aportan al sistema (cotizantes) y los pensionistas o pasivos que cobran prestaciones.
Por lo tanto, cobra especial relevancia la demografía, es decir, es necesario que nazcan más personas que con sus cotizaciones posibiliten la continuidad del sistema. En los últimos años la foto fija de los elementos que componen el sistema de pensiones muestra un descenso del número de trabajadores como consecuencia de la elevada tasa de paro, mientras que el número de pensionistas se incrementa naturalmente por el envejecimiento de la sociedad; esto, sumado al crecimiento vegetativo negativo de la población, en la que paulatinamente habrá cada vez más personas mayores y que estas, en las condiciones actuales de desarrollo, es posible que vivan más años, ponen en una situación comprometida la sostenibilidad del sistema.
Además, los nuevos jubilados acceden a una pensión media más elevada, por haber cotizado por bases mayores, y, sin embargo, los nuevos cotizantes se incorporan con salarios y bases de cotización menores.
¿Qué hacer frente a esta realidad? Pues no queda otro remedio que, para conservar un nivel de vida similar al que se tenía en la vida activa, establecer un sistema de ahorro privado con productos finalistas como los planes de pensiones o los seguros de jubilación, que nos sirvan como complemento a la futura pensión pública de jubilación, que sabemos que cada vez será más y más insuficiente.
¿Cómo lo gestiono?
Una vez cumplidos todos los requisitos necesarios y teniendo clara toda la información necesaria, el siguiente paso es contactar con la Seguridad Social (ya sea por teléfono o a través de su página web) para conseguir el impreso de solicitud de la jubilación. Este formulario, en el que debemos aportar algunos de nuestros datos personales, fiscales y de cotización, lo podemos presentar hasta seis meses antes de nuestra edad de jubilación legal en las oficinas la Seguridad Social. No pasa nada si nos pilla el toro: tenemos otros seis meses más después de que se produce el “hecho causante”, es decir, desde que llega el día del cese de la actividad laboral, para entregar la solicitud y disfrutar de nuestra pensión de jubilación.
El impreso que entreguemos debe especificar el tipo de jubilación que queremos, ya sea Jubilación Anticipada o Jubilación Activa. Una vez lo hayamos completado, lo podremos entregar por correo ordinario, por Internet, a través de la página web de la Seguridad Social o por cualquiera de sus oficinas de atención al cliente.
¿Puedo anticipar mi jubilación?
Existen dos modalidades para anticipar la edad de jubilación:
Jubilación anticipada Voluntaria
A esta modalidad solo puedes acceder dos años antes de la edad de jubilación legal. Por lo que este año 2022, la edad de jubilación anticipada voluntaria se retrasa hasta los 64 años y dos meses, dado que la edad de jubilación legal son 66 años y dos meses, y se mantiene en los 63 años para aquellos que se puedan jubilar con 65 años.
Asimismo, para poder acceder a la jubilación anticipada debes tener acumulados 35 años cotizados a la Seguridad Social como mínimo. Hay que tener en cuenta, que por optar al adelanto en la edad de jubilación se aplicarán unos coeficientes reductores que aminorarán el importe de la pensión. Unos coeficientes que se han endurecido tras la última reforma en pensiones con el objetivo de alargar la vida laboral ante la mayor longevidad de las personas y que puedes consultar en la web del Congreso de los Diputados, ya que la casuística es amplia.
En líneas generales, la penalización varía en función de los meses que se adelante la jubilación. Así, si se han cotizado menos de 38 años y 6 meses, el coeficiente reductor oscila en una horquilla de entre el 21% y el 3,26% en función de si se adelantan 24 meses o hasta un mes.
Jubilación Anticipada Involuntaria
Por otro lado, este 2022 también se retrasa la jubilación anticipada involuntaria, que según la normativa se puede acceder a ella cuatro años antes de la edad de jubilación legal, lo que la sitúa actualmente en los 62 años y dos meses siempre que hayas cotizado al menos 33 años a la Seguridad Social.
Este tipo de jubilación no se produce por petición del trabajador, sino que se ve forzada por un despido, incapacidad permanente, jubilación del empleador o por extinción por un proceso concursal, entre otras.
En este caso, los coeficientes reductores en la pensión también se han modificado para 2022 en función de los años cotizados previamente y prevén reducciones de entre el 24% y el 30% con el máximo anticipo, de entre el 18% y el 22,5% con tres años de adelanto, de entre el 12% y el 15% con dos años de anticipo y de entre el 4,75% y el 5,5% con un año de adelanto.
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