La supervisión en Europa

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Hace unos días, a través de est misma plataforma, se hacía un repaso a los supervisores directos del sistema financiero español: Banco de España, CNMV y Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Sin embargo, el proyecto de construcción europea origina la existencia de otros supervisores, que tratan de aproximar las prácticas de las entidades financieras supervisadas, partiendo de la existencia de un marco regulatorio común.

Las autoridades nacionales suelen tener en cuenta las directrices que les marcan a nivel europeo EBA [European Banking Authority] o ABE (Autoridad Bancaria Europea) al sector bancario; ESMA (European Securities and Markets Authority) o AEVM (Autoridad Europea de Valores y Mercados) a los mercados financieros; y EIOPA (European Insurance and Occupational Pensions Authority) o AESPJ (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación) al sector de los seguros y los fondos de pensiones privados.

Estas tres instituciones forman las conocidas como “Autoridades Europeas de Supervisión” (AES) que, a su vez, forman parte del llamado “Sistema Europeo de Supervisión Financiera” (SESF), cuyo objetivo principal es procurar que las normas establecidas para el sector financiero se implementen uniformemente por todos los Estados miembros, mejorando así la estabilidad financiera y la protección y la confianza de los consumidores. Otro de sus principales objetivos es facilitar la igualdad de criterios entre los supervisores nacionales de los distintos Estados miembros, lo que, además, facilitará la creación de un sistema financiero único europeo.

Para completar el SESF, a estas tres autoridades supervisoras habría que añadir la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS), el comité mixto de las AES y los supervisores nacionales.

EBA, ESMA y EIOPA tienen una serie de funciones comunes que, como antes comentábamos, tienen por objetivo mantener la estabilidad y la eficacia del sistema financiero:

  • Facilitar el funcionamiento del mercado interior.
  • Velar por la integridad y buen funcionamiento de los mercados financieros.
  • Reforzar la coordinación internacional de los supervisores.
  • Promover la igualdad de condiciones de competencia.
  • Reforzar la protección del consumidor.
  • Mejorar la convergencia en la supervisión en todo el mercado interior.

Así, cada una de estas instituciones, dentro de su ámbito de actuación, contribuye al desarrollo de la normativa a nivel europeo y desarrolla las diferentes pruebas de resistencia.

Es importante destacar que estas autoridades son independientes de las instituciones europeas (Parlamento, Comisión y Consejo), lo que no impide que desarrollen una labor de asesoramiento, incluso de colaboración para el desarrollo de normativa financiera de perfil técnico.

A continuación, se abordarán con mayor nivel de detalle las funciones básicas de cada una de estas tres autoridades europeas:

1. EBA (Autoridad Europea de Supervisión Bancaria)

Es la encargada del sector bancario, incluyendo entidades de crédito, conglomerados financieros, empresas de inversión, entidades de pago y entidades de dinero electrónico. Además, recientemente se le ha asignado la misión de prevenir el uso del sistema financiero para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Su función principal no es la supervisión directa de estas entidades, ya que de esto se encarga el Banco Central Europeo o a las autoridades nacionales, sino mejorar el funcionamiento del mercado interior, a través de la creación de un marco normativo único que desemboque en una supervisión eficiente y armonizada a escala europea.

Además, es la encargada de evaluar los riesgos y vulnerabilidades del sector bancario, investigar las deficiencias en la aplicación del Derecho Comunitario, tomar decisiones en situaciones de emergencia y mediar en casos de desacuerdo entre países.

Más información en: https://eba.europa.eu/

2. ESMA (Autoridad Europea de Mercados y Valores)

Tiene bajo su competencia los mercados de valores y sus participantes (bolsas, agentes, fondos, etc.). Su objetivo es mantener la estabilidad del sistema mediante la mejora de la protección del inversor y la organización de los mercados.

Para ello, analiza los distintos riesgos a los que se enfrentan los inversores, desarrolla las normas de funcionamiento de los mercados financieros, promociona la convergencia supervisora y supervisa directamente a las agencias de “rating”

Más información: https://www.esma.europa.eu/

3. EIOPA (Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación)

Su labor se centra principalmente en las empresas de seguro y reaseguro, los intermediarios de seguro, los conglomerados financieros y los fondos de pensiones de empleo.

Aunque su labor principal es la de la protección de los usuarios de pólizas de seguro y de los miembros y beneficiarios de los fondos de pensiones, recientemente ha puesto el foco sobre la digitalización y cómo esta puede afectar a los distintos modelos de negocio, o cómo puede ser utilizada en favor de la supervisión. Un punto muy importante de su agenda para los próximos años es la regulación y la supervisión de los planes de pensiones pan-europeos.

Más información: https://www.eiopa.europa.eu/

 

Autores

María del Mar Molina Parra
Arnie Zareei Bogoya
José Antonio Díaz Campos
Edufinet
José M. Domínguez Martínez
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